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El Juzgado avala las Fiestas de la Consolación de Pozuelo

El Juzgado avala las Fiestas de la Consolación de Pozuelo

Pozcavir no aportó datos suficientes de perjuicio, según la sentencia.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 24 de Madrid ha desestimado el recurso de la asociación Pozcavir para impedir las Fiestas de Nuestra Señora de la Consolación. El auto, dictado el pasado viernes, ratifica que el evento se celebrará en la misma ubicación de los dos últimos años, a principios de septiembre en la parcela de la Avenida de Europa.

El Ayuntamiento trasladó estas fiestas al inicio del mandato actual para sacarlas del centro de la ciudad, donde generaban mayores molestias y problemas de seguridad. La jueza destaca que con esta reubicación se ha conseguido minimizar significativamente el impacto. Mientras que en la ubicación anterior el recinto distaba solo 23 metros de las viviendas más cercanas, dentro del barrio de San Juan de la Cruz, ahora está a 300 metros de las más próximas, en una zona con considerablemente menos viviendas cercanas. De hecho, se subraya en la sentencia que la ubicación actual está bastante más alejada de cualquier zona residencial que en la mayoría de localidades similares del entorno de Pozuelo.

La magistrada rechaza los argumentos de Pozcavir por falta de fundamento. La asociación no aportó datos aproximados del número de vecinos o viviendas perjudicados, ni siquiera la distancia con las viviendas más próximas, limitándose a presentar únicamente "dos escritos de queja formulados por dos vecinos". Tampoco ofreció prueba alguna del supuesto daño medioambiental, salvo referencias a los trabajos provisionales realizados por el consistorio para acondicionar la parcela antes de las fiestas, que "no justifican la existencia del pretendido daño ambiental".

La jueza remarca que es "difícil, sino imposible" encontrar "un emplazamiento alternativo y suficiente con tan poco tiempo de antelación" y "sin generar molestias a ningún vecino" de otras zonas. Los recurrentes, subraya la sentencia, tampoco ofrecieron propuesta "clara y plausible" alguna para cambiar de sitio este recinto provisional sin que ello generase a otros vecinos las mismas molestias o incluso mayores.

Conforme a la resolución, "cualquier evento festivo genera molestias inevitables a determinadas personas", pero en este caso tienen carácter únicamente "puntual" y no permanente ni continuado. Los niveles de ruido de las pasadas fiestas patronales "no pueden calificarse de desproporcionados o exorbitantes", incluso según las mediciones realizadas por empresa contratada por los recurrentes, que se llevaron a cabo "en las terrazas de las viviendas, no en el interior".

La magistrada valora positivamente las medidas organizativas y de seguridad previstas por el consistorio: controles de acceso, prevención del botellón, mediciones acústicas, cortes de tráfico, vigilancia mediante cámaras y dispositivo policial reforzado con seguridad privada contratada. En conclusión, sostiene que "deben prevalecer los intereses generales que representa el Ayuntamiento frente a los particulares" de la asociación, desestimando su recurso y evitando así el "consiguiente perjuicio, tanto económico como de otros órdenes, para los vecinos a los que van destinadas las actividades" y también para las arcas municipales.

No es la primera vez que Pozcavir intenta bloquear actos en dicha parcela. La pasada Nochevieja presentó otro recurso a escasas horas de la celebración para frenar la fiesta de despedida de año, a la que acudieron miles de vecinos. La Justicia desestimó aquel recurso el mismo 31 de diciembre, permitiendo que el Ayuntamiento celebrase la Nochevieja con total normalidad.

Más allá de estos dos intentos fallidos, Pozcavir ha recurrido también ante los tribunales el proyecto municipal para convertir esa parcela baldía e inaccesible en una gran plaza ajardinada de uso público durante el resto del año. Esta causa aún no se ha resuelto en primera instancia, aunque el Gobierno local confía en que se resuelva a su favor, como en los dos casos anteriores.

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