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DdP requiere formalmente conocer las cuentas del Departamento de Comunicación del Ayuntamiento de Pozuelo

DdP requiere formalmente conocer las cuentas del Departamento de Comunicación del Ayuntamiento de Pozuelo

En la línea de las últimas informaciones de investigación propia que viene publicando este periódico, Diario de Pozuelo ha solicitado a través de Gabinete de prensa del Ayuntamiento información sobre los gastos y el presupuesto del Gabinete de Comunicación y Prensa en 2021, distinguiendo entre medios de comunicación nacionales, regionales, comarcales y locales en 2021.


En concreto se les ha preguntado en qué medios de comunicación el Ayuntamiento ha contratado publicidad y cuánto dinero en cada medio, así los importes que estaban presupuestados en gastos de comunicación y prensa en 2021 y cuánto se ha ejecutado en ese año.

La solicitud fue enviada el pasado 21 de enero, indicando además la intención de publicar esa información el día 1 de febrero.

Pasada esta fecha y tras no recibir respuesta, la redacción de este diario ha solicitado formalmente, a través de una solicitud con certificación digital  al Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Pozuelo, dicha información.

Cabe recordar que cualquier persona física o jurídica puede solicitar el acceso a la información pública, en cumplimiento de su derecho de acceso a la información pública recogido en Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Se considera información pública, los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de las Administraciones y del resto de los sujetos obligados por las leyes de transparencia y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones (artículo 13 de la Ley 19/2013).

Dicha ley también indica que el plazo máximo de resolución y notificación de dicha petición deberá ser de un mes, aunque podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante. El plazo podrá ser ampliado en quince días si el derecho afecta a derechos e intereses de terceros (artículo 19.3 de la Ley 19/2013).

En el caso de que el Consistorio no respondiera con transparencia a nuestros requerimientos, este diario podría interponer en el plazo de un mes reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa.Las resoluciones dictadas en materia de acceso a la información pública son recurribles, en el plazo de dos meses, directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de la reclamación potestativa prevista, según los artículos 20 y 24 de la citada ley.

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